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SOCIEDAD

ANSES confirmó las fechas de cobro del bono de $6.750 para jubilados

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El organismo confirmó el calendario de pagos para noviembre. Así, jubilados y pensionados con haberes menores a $29.135 cobrarán el bono de ANSES.

A partir de la semana que viene, junto con distintas asignaciones familiares, los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) tendrán disponible para cobrar en sus cuentas el bono de hasta $6.750. De esta manera, se incluyen en el beneficio de ANSES todos aquellos que no superen el haber mínimo de $29.135.

Es así que el organismo ya publicó el calendario para los distintos programas que ofrece como Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación Universal por Embarazo (AUE) junto con los jubilados y pensionados de SIPA. El bono de este último grupo refiere al Programa Alimentario PAMI que se vincula con la Tarjeta Alimentar a la que acceden otros beneficiarios.

En este sentido, como desde la llegada de la pandemia no se llevaron adelante la entrega de bolsones de alimentos, ANSES lo reemplazó por el cobro de un bono equivalente en su cuenta. De esta manera, el pago que busca garantizar el acceso a la canasta básica se abona de manera mensual.

De esta manera, ANSES entrega $3.000 a todos los jubilados y pensionados afiliados al Programa Alimentario mencionado. Pero además, paga un total de hasta $6.750 para los individuos que tengan 85 años o más y cobren un haber mínimo de $29.135.

Calendario de fechas de ANSES para el cobro del bono de jubilados
A partir del 8 de noviembre hasta el 18 del mismo mes, los jubilados y pensionados con haberes menores a $29.135 podrán cobrar en las siguientes fechas

  • Lunes 8 de noviembre: documentos terminados en 0
  • Martes 9 de noviembre: documentos terminandos en 1
  • Miércoles 10 de noviembre: documentos terminandos en 2
  • Jueves 11 de noviembre: documentos terminandos en 3
  • Viernes 12 de noviembre: documentos terminandos en 4
  • Lunes 15 de noviembre: documentos terminandos en 5
  • Martes 16 de noviembre: documentos terminandos en 6
  • Miércoles 17 de noviembre: documentos terminandos en 7
  • Jueves 18 de noviembre: documentos terminandos en 8 y 9

  • Por otro lado, aquellos beneficiarios que cobren haberes superiores a $29.135, las fechas para el cobro del bono en noviembre serán las siguientes:
  • Viernes 19 de noviembre: DNI terminados en 0 y 1
  • Martes 23 de noviembre: DNI terminados en 2 y 3
  • Miércoles 24 de noviembre: DNI terminados en 4 y 5
  • Jueves 25 de noviembre: DNI terminados en 6 y 7
  • Viernes 26 de noviembre: DNI terminados en 8 y 9

RIO TURBIO

ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

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“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.

Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.

“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.

“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).

Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.

Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga


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