PROVINCIALES
Alicia decretó las fechas del receso invernal para la Administración Pública

La gobernadora Alicia Kirchner firmó el Decreto Provincial N° 749/23 que establece el período de “Licencia por Receso Invernal” para el personal, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General del Sector Público Provincial, Convenios Sectoriales, Entes Autárquicos, Organismos Centralizados y Descentralizados y Sociedades del Estado. El mismo se efectuará en tres tramos, que serán distribuidos entre el 10 de julio y el 8 de agosto inclusive.
En dicho instrumento legal se instruye a los titulares de los Ministerios y Entes comprendidos en el presente Decreto a adoptar dentro del ámbito de su competencia los recaudos necesarios para que el goce del receso invernal que se dispone por el presente sea fraccionado en tres (3) tramos, a saber:
-1° tramo: 10 de julio al 18 de julio inclusive.
-2º tramo: 19 de julio al 28 de julio inclusive.
-3º tramo: 31 de julio al 8 de agosto inclusive.
En todos los casos, se deberán adoptar las medidas tendientes a asegurar la cobertura normal de los servicios.
Asimismo, el recientemente decreto firmado por la mandataria provincial, faculta a los titulares de los órganos administrativos a cargo de los servicios esenciales del Estado tales como Ministerios de Salud y Ambiente, de Desarrollo Social, y de Seguridad y Organismos tales como Servicios Públicos Sociedad del Estado y Administración General de Vialidad Provincial a disponer el otorgamiento de la licencia invernal al personal de su dependencia de modo que sus agentes puedan usufructuar la totalidad del beneficio hasta el día 30 de septiembre del presente año inclusive sin que se resientan los servicios básicos que deban asegurarse.
En ningún caso se podrá disponer la acumulación, suspensión y/o prórroga del beneficio con posterioridad a la fecha indicada en el párrafo precedente, debiendo a esos efectos, las áreas pertinentes dictar los instrumentos legales correspondientes.
Por otra parte, establece la suspensión de los plazos procesales administrativos durante la vigencia del período establecido en el artículo 1º del presente, sin perjuicio de la validez de los actos que deban cumplirse en cuanto por su naturaleza resultan impostergables.
Es importante, resaltar que el receso otorgado no suspenderá ninguna licencia que estuviere concedida y/o en curso de cumplimiento, no pudiendo ser transferida en ningún caso, ni acumularse a otro período vacacional, en virtud de lo cual todo el personal comprendido en el artículo 1º del presente instrumento, deberá indefectiblemente reincorporarse a sus funciones el día 9 de agosto del corriente año.
Finalmente, el Gobierno de Santa Cruz invita a las Municipalidades y Comisiones de Fomento de la Provincia a adherirse al Decreto en las formas y condiciones establecidas en sus respectivas legislaciones.
PROVINCIALES
Santa Cruz perdería las acciones de YPF por desidia del gobierno de Alicia Kirchner.

A más de diez años de la estatización de YPF, Santa Cruz enfrenta la posibilidad de perder el 5% del paquete accionario que le fue asignado en 2012. El motivo: no habría completado los pagos establecidos en el convenio firmado durante gestiones anteriores, lo que dejó la titularidad en una situación precaria y sin consolidación jurídica.
En aquel momento, el Gobierno nacional cedió el 49% de las acciones de YPF a las provincias productoras de petróleo, en proporción a su producción. A Santa Cruz le correspondió un 5%, un activo estratégico que fue presentado como un logro político y económico para la provincia, pero que hoy está en riesgo por incumplimientos financieros.
A 13 años del acuerdo
Tras la sanción de la Ley 26.741 en mayo de 2012, que declaró de interés público la expropiación del 51% de las acciones de YPF, se firmó un Acuerdo Federal Hidrocarburífero que distribuyó un 49% del paquete entre las provincias petroleras.
En noviembre de 2012, Santa Cruz rubricó el convenio con Nación y YPF, que fijaba un canon de prórroga de U$S 201 millones por las áreas hidrocarburíferas, del cual se descontaron U$S 14 millones en concepto de adelantos de regalías, quedando un canon neto de U$S 187 millones.
El pago debía realizarse en 60 cuotas mensuales de U$S 1 millón o mediante compensaciones con créditos, beneficios otorgados a la empresa o cesión de áreas. También se estableció que la suma total de regalías más Ingresos Brutos no podía superar los U$S 30 millones mensuales, y que cualquier excedente debía cancelarse en cuotas adicionales.
Un punto clave es que las acciones quedaron sindicadas por 50 años, limitando el poder de voto de las provincias en las decisiones estratégicas de la compañía.
Pagos iniciados, pero no finalizados
Si bien Santa Cruz habría iniciado el esquema de pagos, no existen registros públicos ni informes oficiales que confirmen la cancelación total de las 60 cuotas pactadas. Según fuentes vinculadas al sector energético, la provincia no completó el cronograma ni utilizó plenamente las herramientas de compensación previstas.
Esta falta de cumplimiento implica que Santa Cruz nunca consolidó jurídicamente la propiedad plena de esas acciones, quedando su tenencia sujeta a la posibilidad de ser revertida.
El convenio también incluía cláusulas de rescisión en caso de mora prolongada, y preveía que los conflictos se resolvieran mediante arbitraje en Río Gallegos, con árbitros designados por ambas partes.
La situación no es exclusiva de la provincia. Jurisdicciones como Chubut y otras productoras también estarían bajo observación por incumplimientos similares. En algunos casos, los convenios nunca fueron ratificados por las legislaturas o los pagos se interrumpieron antes de completarse.
Con informacion de La Vanguardia
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