INFO. GENERAL
Activan alerta por fuertes vientos en la cuenca carbonífera

Se insta a los vecinos a tomar medidas preventivas, asegurando techos y placas de construcción para evitar daños. En caso de emergencia, se pueden contactar a los números 100 o 4-21233.
El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) ha emitido una alerta por fuertes vientos que afecta a la mitad de las provincias de Neuquén y Río Negro, además de abarcar todo el territorio de Chubut y Santa Cruz en la región patagónica de Argentina.
El oficial Alejandro Armella, perteneciente a la Unidad IX de Bomberos, informó que hasta el momento no han registrado intervenciones relacionadas con este fenómeno en la localidad de Río Turbio. No obstante, enfatizó en la importancia de tomar medidas preventivas para evitar incidentes no deseados. Instó a todos los vecinos a asegurar sus techos en caso de presentar problemas y a fijar las placas de construcción con chapas en sus viviendas, colocándoles contrapesos para evitar que sean arrastradas por el viento y causen daños materiales o pongan en riesgo la integridad física de las personas.
Ante cualquier inconveniente ocasionado por los fuertes vientos, se recomienda comunicarse a los números de emergencia 100 o 4-21233 para recibir asistencia oportuna.
Es fundamental que los habitantes de las áreas afectadas estén alerta y tomen las precauciones necesarias para minimizar los posibles riesgos que puedan surgir debido a este fenómeno meteorológico.
INFO. GENERAL
Suspenden por seis meses la decisión de avanzar con la disolución de Vialidad Nacional

jueza Martina Forns frenó cualquier acto administrativo que derive del decreto que pretende eliminar al organismo.
La jueza en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín Martina Forns suspendió por seis meses cualquier acto administrativo que derive del Decreto que resolvió disolver Vialidad Nacional, al hacer lugar a una medida cautelar del gremio Sevina.
La magistrada hizo lugar parcialmente a la cautelar de no innovar y ordenó al Estado Nacional y al Poder Ejecutivo que se abstenga de «ejecutar cualquier acto administrativo, que derive» del decreto 461/2025 del 8 de julio pasado, que dispuso la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad.
El gobierno de Javier Milei no podrá disponer «reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad».
«Teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso, donde se verifican circunstancias graves y objetivas, permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo», afirmó la sentencia.
La magistrada argumentó que tanto la Constitución Nacional como los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) «con jerarquía constitucional -en particular los Convenios N.º 87, 98 y 151- impiden al Estado, en su rol concurrente de empleador y regulador, alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia».
Forns no se pronunció sobre el planteo para declarar la nulidad e inconstitucionalidad del Decreto 461 porque para ello es necesario un «estudio mucho más complejo y profundo, con amplio debate y prueba, que en modo alguno podrían resolverse con los elementos hasta ahora incorporados».
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