RIO TURBIO
«Dos juezas de Santa Cruz mataron a mi hija»: el caso que puso luz sobre la «justicia de mierda», con un fuerte reclamo al Tribunal Superior de Justicia
Se trata de la muerte de Belén Arce, quien se quitó la vida en Río Turbio y cuyos familiares señalaron que la quita de la tenencia de sus hijo contribuyó a que tome esta decisión. Sobre su expareja, remarcaron, pesaban varias denuncias por violencia de género y amenazas. Ayer ala noche realizaron una marcha con velas
Una marcha con velas se realizó durante la noche del lunes, cerca de las 23, en la Plaza del Rejo de Río Turbio, que tuvo el objeto de pedir justicia por Belén Arce, la joven de 27 años que se quitó la vida la semana pasada, y cuyos familiares, denuncian que la quita de la tenencias de sus hijos, contribuyó a que tome esta trágica decisión.
El caso, que fue publicado ayer por Nuevo Día, y luego se replicó en diversos medios de la provincia, presenta graves reclamos al accionar de la justicia, y particularmente la jueza Betina Bustos, quien, según el padre Carlos Arce, no se tuvo en cuentas las denuncias por violencia de género y pericias psicológicas realizadas a la expareja de su hija.
«Le sacaron los chicos y eso le dolió a mi hija», advirtió a Nuevo Día, su padre.
Marcha con velas y «justicia de mierda»
Familiares, amigos y vecinos de la Cuenca Carbonífera se sumaron a la concentración. Marcharon por las calles y habló la madre de Belén, Cristina Ríos.
«Hay un Estado ausente que prefiere ser cómplice. Por Belén y muchas mujeres, quiero justicia», dijo con megáfono en mano. Recordó que «existe una ley provincial y nacional para defender a las mujeres».
El padre también habló. «Hablamos de violencia y las dos personas que acorralaron y persiguieron a Belén, son dos mujeres: la jueza que la tenemos acá y no sé cuántas denuncias tiene y la siguen sosteniendo, porque hay denuncias de 2023, dos expedientes, y uno es claro por amenazas y persecución cuando la quiso matar tirándole la camioneta encima», recordó.
Dijo que «una jueza por entregar a los hijos a un psicópata, y otra que cuando tomo el caso, no hizo nada». «Ella estaba muy triste y ellos la obligaron a tomar esa decisión», remarcó.
El padre, denunció además que muchas veces «no el tomaban las denuncias» a Belén y que la pericia a su expareja, expuso que tenía «un alto grado de violencia». «Dos juezas mujeres les sacaron los hijos a mi hija y la mataron», reafirmó. (Originalmente, contó el padre, era la Jueza Frías quien estaba a cargo del caso de Belén pero luego intervino Bustos al subrogarla).
Además, hizo referencia a otro caso que nuevamente cuestionó el accionar de Bustos, fuertemente criticada desde hace años por su desempeño y con pedidos de jury de enjuiciamiento e incluso con denuncias por maltrato laboral: se trató de la causa por con allanamientos en diversos lugares de la Cuenca Carbonífera por la venta ilegal de armas que pertenecían a su juzgado y que implicó a policías y un empleado de su propia dependencia judicial. La propia jueza, denunció el gremio de Judiciales «debía investigarse a sí misma» ya que fue quien intervino en la causa.
«Desaparecieron las armas ahí y no escuché a ningún diputado hablar. Son cómplices. Tenga dignidad, porque se ocupan de pelotudeces y ocúpense de legislar para nosotros. Pedimos justicia por Belén y todos los que padecen, sin género», demandó, e hizo un fuerte reclamo al TSJ: «Que el Tribunal Superior de Justicia ponga las pelotas y tome una decisión una vez por todas. Con esta justicia de mierda, puede pasar cualquier cosa». (El Diario Nuevo Día, con declaraciones e imágenes tomadas por la transmisión de El Que Calla Otorga)
28 DE NOVIEMBRE
YCRT: Prorrogan plazos de 60 días para convertir en Sociedades Anónimas las Empresas del Estado
Mediante la comunicación a través de un Decreto publicado este martes en el Boletín Oficial, que lleva la firma del Presidente y de todo el Gabinete de ministros del gobierno nacional.
Entre las pasibles de ser privatizadas se encuentra Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) uno de los puntos de mayor interés en Santa Cruz.
VISTO el Expediente N° EX-2024-140741888-APN-DGDA#MEC y los Decretos Nros. 70 del 20 de diciembre de 2023 y 553 del 28 de junio de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del artículo 1° del Decreto N° 70/23 fue declarada la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025.
Que, en ese marco, con el fin de abordar el grave déficit fiscal generado por las empresas públicas mediante el artículo 48 del citado Decreto N° 70/23 se ordenó modificar el status jurídico de las mismas, transformándolas en Sociedades Anónimas, acorde al régimen de la Ley General de Sociedades Nº 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias.
Que, como consecuencia de ello, mediante el citado decreto fueron derogadas las Leyes Nros. 20.705 y 13.653 y el Decreto-Ley N° 15.349/46 relacionadas con las Sociedades del Estado, las Empresas del Estado y las Sociedades de Economía Mixta.
Que, asimismo, por el artículo 51 del Decreto N° 70/23 se estableció un período máximo de transición de CIENTO OCHENTA (180) días a partir del dictado del citado decreto para que la Autoridad de Aplicación proceda a implementar la transformación de las Empresas del Estado.
Que mediante el Decreto Nº 553/24 se dispuso la prórroga de ese período por el término de CIENTO OCHENTA (180) días en virtud del grave estado administrativo de las referidas organizaciones.
Que la persistencia de las circunstancias de hecho y de derecho consideradas al momento del dictado de los referidos decretos torna insuficiente dicho plazo para dar un adecuado cumplimiento a lo previsto en el artículo 48 del Decreto N° 70/23.
Que la gravedad de la situación exige su prórroga por el término de SESENTA (60) días con el fin de contar con el tiempo suficiente para concretar lo establecido en el inciso 2) del artículo 77, en el inciso 1) apartado b) del artículo 83 y en el artículo 88 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias.
Que teniendo en cuenta que subsisten las circunstancias excepcionales descriptas en los considerandos de los Decretos Nros. 70/23 y 553/24, están cumplidos los requisitos formales y sustanciales exigidos por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que la Ley Nº 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del H. CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que la citada ley determina que la Comisión Bicameral Permanente tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los Decretos de Necesidad y Urgencia
Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el término de SESENTA (60) días el plazo previsto en el artículo 51 del Decreto N° 70/23, prorrogado por su similar N° 553/24.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su dictado.
ARTÍCULO 3°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI – Guillermo Francos – Gerardo Werthein – Luis Petri – Luis Andres Caputo – Mariano Cúneo Libarona – Patricia Bullrich – Mario Iván Lugones – Sandra Pettovello – Federico Adolfo Sturzenegger
e. 24/12/2024 N° 23638/2024 v. 24/12/2024
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