RIO TURBIO
Los gremios de YCRT firman un acta acuerdo con la nueva intervención


El acta refleja el compromiso de la nueva intervención de YCRT y los gremios de regularizar los pagos salariales adeudados. Se acordaron plazos para saldar los aumentos de mayo y julio de 2024, así como la regularización del complemento jubilatorio de agosto.
En Río Turbio, el 3 de octubre de 2024, se llevó a cabo una reunión entre la nueva intervención de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) y los gremios involucrados, donde se firmó un acta acuerdo. El interventor, Pablo Gordillo Arriagada, y representantes de ATE, APS, y el Sindicato Luz y Fuerza de la Patagonia, discutieron los pagos adeudados a los trabajadores correspondientes a los aumentos salariales de mayo y julio de 2024 (7% y 3,5%, respectivamente) y el ajuste del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) de mayo.

La nueva intervención de YCRT se comprometió a saldar las diferencias salariales y el complemento jubilatorio de agosto en dos etapas: los aumentos se abonarán en octubre y la regularización del complemento jubilatorio será efectiva en la segunda semana del mismo mes. A pesar de la difícil situación presupuestaria, las partes acordaron esta solución temporal, destacando el esfuerzo de la intervención para cumplir con las obligaciones salariales pendientes.
Los gremios aceptaron el ofrecimiento excepcionalmente, y se autorizó a las partes a gestionar la homologación del acuerdo.
RIO TURBIO
Rio Turbio: vehículos abandonados en espacios públicos

Desde el municipio local solicitan a través de una circular que deberán retirar de espacios públicos rodados abandonados, sito en Barrio Los Ñires calle 28 de Noviembre, entre 9 de Julio y Comodoro Py.

Por medio de la presente, se informa que los vehículos identificado como abandonado en el espacio público deberá ser retirado en un plazo perentorio de 5 (cinco) días a partir de la fecha de notificación de este comunicado.
En caso de no cumplirse con el retiro dentro del plazo estipulado, se procederá a la retención del rodado conforme a lo establecido en la Ley de Tránsito N° 24.449, Artículo 72, Inciso C5.
Se solicita a los propietarios tomar las medidas necesarias para evitar la aplicación de sanciones adicionales.
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