RIO TURBIO
La Casa de las Juventudes habilita la nueva Sala Gamer en 28 de Noviembre

A partir del viernes 27 de septiembre, la Casa de las Juventudes de 28 de Noviembre pone en funcionamiento la Sala Gamer. Con horarios de lunes a viernes de 12:00 a 19:00 horas, la sala ofrece un espacio seguro para disfrutar de videojuegos con reglas claras y supervisión.
La Casa de las Juventudes de la Municipalidad de 28 de Noviembre anunció la apertura de la esperada Sala Gamer, que estará disponible a partir del viernes 27 de septiembre. Este espacio está diseñado para brindar a los jóvenes un entorno seguro y controlado donde puedan disfrutar de videojuegos, fomentando el entretenimiento responsable.
La sala funcionará de lunes a viernes, de 12:00 a 19:00 horas, con ciertas condiciones para su uso. Los niños de 8 a 10 años deben estar acompañados por un adulto responsable, quien deberá permanecer en el área durante toda la sesión, y asumirá la responsabilidad por cualquier daño que pudiera ocasionarse. Los mayores de 10 años podrán utilizar las instalaciones con un límite de 30 minutos de juego por persona. La capacidad máxima de la sala será de cuatro personas al mismo tiempo.
Entre las reglas importantes, se destaca la prohibición de ingresar con comida o bebidas, la restricción de juegos violentos o de lucha, y el respeto a las instrucciones del personal a cargo. Además, está prohibido descargar cualquier tipo de juego o aplicación en las computadoras, así como el ingreso de mascotas.
Para más información o dudas, el personal de la sala estará disponible para brindar asistencia. Con esta nueva propuesta, la Casa de las Juventudes busca ofrecer un espacio seguro y divertido para los jóvenes de la comunidad.
RIO TURBIO
ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.
Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.
“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.
“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.
“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).
Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.
Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga
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