RIO TURBIO
Samir Zeidán consolida una lista fuerte en el radicalismo de Río Turbio con apoyo de Fabián Leguizamón

El radicalismo de Río Turbio cerró filas con una única lista, con Raúl Roble como candidato a Presidente del comité local, fuertemente vinculado a Samir Zeidán. La lista destaca la figura del vicegobernador de Santa Cruz, Fabián Leguizamón, y cuenta con la inclusión de Silvana Adolfo y otros referentes políticos.
En un movimiento decisivo, el radicalismo de Río Turbio ha logrado unificar sus fuerzas en torno a una sola lista para las próximas elecciones internas. La lista, encabezada por Raúl Roble como candidato a Presidente del comité local, cuenta con el respaldo del reconocido dirigente Samir Zeidán, consolidando así una propuesta fuerte y cohesionada.
Raúl Roble, una figura clave dentro del radicalismo local y estrechamente vinculado a Zeidán, se perfila como un candidato sólido que buscará fortalecer la presencia del partido en la región. Silvana Adolfo, otra integrante destacada de la lista, aportará su experiencia y compromiso en esta nueva etapa.
Este logro no solo se atribuye a los líderes locales, sino que también cuenta con el respaldo significativo del vicegobernador de Santa Cruz, Fabián Leguizamón. La presencia de Samir Zeidán y Sofía Aquino, junto con Graciela Vega, como convencionales titulares, subraya la conexión directa con Leguizamón y su influencia en la política regional.
En la convención provincial, se ha confirmado la inclusión de figuras relevantes como Zeidán y Aquino, quienes junto a Graciela Vega, representan una fuerza cohesionada ligada al vicegobernador. Este alineamiento estratégico refleja un esfuerzo concertado por parte de Leguizamón para consolidar su influencia y asegurar la representación radical en Río Turbio.
Por su parte, Daniel Zuliani ha sido designado como el primer convencional suplente, completando así un equipo que refleja tanto la unidad como la diversidad dentro del radicalismo local. Este cierre de filas en torno a una sola lista es visto como un logro significativo para el vicegobernador Leguizamón, quien ha conseguido asegurar dos convencionales de Río Turbio para su sector político.
RIO TURBIO
ATE demandó al Gobierno por la privatización de YCRT y exige la inconstitucionalidad del DNU

“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, indicó Rodolfo Aguiar. La demanda recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo.
Luego de que el Gobierno convirtiera a la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) en Sociedad Anónima a través del Decreto 115/25, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) demandó al Gobierno por afectar el vigente Convenio Colectivo de Trabajo del ente y promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos del DNU que afectan este derecho.
“Es manifiesta la inconstitucionalidad de aquellos artículos del decreto que refieren al Convenio Colectivo de Trabajo. Hay una violación flagrante del derecho a la negociación colectiva y a la estabilidad del empleo público”, aseguró Rodolfo Aguiar, Secretario General de ATE Nacional.
“El principio de progresividad de los convenios colectivos se encuentra amparado por la Constitución Nacional, por convenios de la Organización Internacional del Trabajo y también por la propia Convención Americana de Derechos Humanos”, explicó el dirigente.

En este marco, Aguiar apuntó: “El Presidente no tiene facultades para dar de baja el instrumento que regula las relaciones laborales dentro de la empresa, ni siquiera a partir de las facultades extraordinarias delegadas por el Congreso. Incluso tenemos que recordar que la empresa funcionó durante más de 30 años y que en la década del 90 el Gobierno de entonces también decidió privatizarla, y a lo largo de la historia funcionó bajo distintas figuras. Sin embargo, jamás se alteró la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo”.
“El pronunciamiento de la Justicia debe darse con celeridad ya que de mantenerse vigentes estos artículos, se generaría un estado de indefensión de todos los trabajadores y acarrearía graves perjuicios para todos. Deben declarar la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9, y también la vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo y de todas las actas posteriores que se firmaron”, concluyó el Secretario General de ATE Nacional.

Los artículos del Decreto 115/25 cuestionados señalan que “se mantendrá con el personal una vinculación laboral de Derecho Privado” (art. 8) y dispone “un plazo de 180 días corridos para iniciar las negociaciones de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para el referido personal” (art. 9).
Ante esta situación, la demanda presentada por ATE, que recayó por sorteo en el Juzgado N° 73 de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Nacional del Trabajo, detalla que el DNU resulta “violatorio del derecho a la negociación colectiva” y “se solicita que se declare la vigencia por ultraactividad del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 3/75 “E” hasta tanto entre en vigencia uno nuevo (art. 5 de la ley 14.250), suscripto por sus partes signatarias de manera libre y voluntaria”.
Acción Declarativa de Inconstitucionalidad dto. 115 YCRTDescarga
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