SOCIEDAD
Los recursos contra el DNU ya golpean la puerta de la Corte Suprema
El mandatario riojano presentó ante el máximo tribunal una acción declarativa de certeza para que se declare inconstitucional el DNU 70/23. Pidió que se dicte una medida cautelar “que disponga la suspensión total de efectos del decreto” hasta que se resuelva la causa.
El gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, presentó ante la Corte Suprema de Justicia una acción declarativa de certeza para que se declare inconstitucional el DNU 70/23 con que el presidente Javier Milei intenta desregular la economía y eliminar decenas de derechos laborales conseguidos durante décadas.
El DNU de Javier Milei: el texto completo
La batalla judicial contra el decretazo de Javier Milei
La presentación es la primera de su tipo que se hace directamente al máximo tribunal e incluye un pedido de “suspensión total” de ese decreto, a fin de que el Poder Ejecutivo no pueda aplicar ninguna de esas disposiciones que, según el escrito, “produce perjuicios irreparables a la ciudadanía”.
El mandatario provincial informó que el planteo judicial fue hecho con el patrocinio de Eugenio Zaffaroni, exintegrante de la CSJ y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y del consititucionalista Raúl Gustavo Ferreyra.
El anuncio de la presentación fue hecho por Quintela a través de la red social X donde sostiene que la vigencia del cuestionado decreto de necesidad y urgencia “lesiona gravemente” el federalismo y la institucionalidad de la república. Además, “coloca en un estado de vulnerabilidad al conjunto de la sociedad argentina en sus derechos laborales, sociales, económicos y culturales”.
Los argumentos para que se declare inconstitucional al DNU de Milei van en línea con los planteos anteriores que hicieron particulares, gremios, organizaciones sociales y distintos dirigentes de la oposición ante tribunales menores.
«Perjuicios irreparables»
El escrito sostiene que el objeto de la acción declarativa es “hacer cesar el estado de incertidumbre sobre la manifiesta inconstitucionalidad del DNU 70/2023” que “produce perjuicios irreparables” a por lo menos una decena de artículos de la Carta magna.
“Produce perjuicios irreparables a la ciudadanía por resultar contrario a los artículos 1, 5, 14, 14 bis, 17, 19, 28, 29, 31, 36, 75, 99, 121 y subsiguientes de la Constitución Federal y el artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, dice el texto, según informó el mandatario en su posteo.
Por la gravedad que reviste cada una de esos “perjuicios”, Quintela pidió también que se dicte una medida cautelar “que disponga la suspensión total de efectos del decreto”, a fin de que no se pueda aplicar “ninguna de sus disposiciones hasta la resolución definitiva de la causa”.
El gobernador subrayó que ese reclamo “que lo hago en nombre de mi provincia, busca en el Poder Judicial de la Nación un pronunciamiento que garantice la vigencia del estado de derecho y consolide los valores de nuestra Democracia”.
28 DE NOVIEMBRE
Aravena «Es lamentable, leer los dichos vertidos por la Edil Albarracín»
Es lamentable, leer los dichos vertidos por la Edil Albarracin en relación al acuerdo con la “cuestionada” empresa Mata Negra.
Que es fácil expresar enojo y rechazo, cuando se haya en la vereda de enfrente y poco se ha hecho por la comunidad.
En primera medida se debe dejar claro que la empresa Mata Negra fue contratada durante la gestión del Intendente mandato cumplido Españón, y en dicha gestión la nombrada fue su secretaria de Gobierno.
Por otro lado, sin explicación alguna y durante el año 2022, la anterior gestión municipal, y siguiendo la conducta que le era propia al intendente, imposibilitó que la nombrada empresa siguiera la obra aduciendo anormalidades, expreso aduciendo, porque del expediente administrativo poco y nada surge, además de no haber emitido el acto administrativo correspondiente para concluir de manera adecuada.
Que en el año 2022, recuérdese gestión Españon, la empresa inicia una acción de amparo contra el municipio, ( una más de muchas) requiriendo judicialmente mediante autos “ MATA NEGRA SA c/ Municipalidad de 28 de Noviembre s/ amparo” expediente 8016/2022, que se expidan sobre la continuidad o no de la obra y en consecuencia el respeto a la licitación ganada por ello.
Jamás desde la gestión anterior, se dio respuesta satisfactoria al pedido de la contratista, y en el año 2024 mediante sentencia de fecha 1 de julio, se notifica a este municipio que se hace lugar al amparo, e íntima a la municipalidad que dicte el acto administrativo pertinente en orden al objeto requerido por la empresa, es decir la continuidad, la no continuidad y el pago de los daños y perjuicios.
Que durante varios meses, se entablaron conversaciones con los abogados y dueños de la empresa a los efectos de dar una conclusión al trámite que fuera el menos perjudicial para el erario público, y como resultado de ello fue la firma del convenio elevado a consideración el HCD.
Quedaba en manos de los ediles en todo caso aprobar o no el convenio por ello fue remitido, pero no debemos dejar de lado no solo la ignorancia supina del procedimiento administrativo por parte de la hoy edil anterior secretaria municipal, sino que además deberá recordar que ocupar una banca en el Concejo no genera fueros.
No puedo dejar de expresar también la sorpresa que genera los dichos de la concejal, pues debo decir que durante su gestión se emitieron varios decretos, que llevan su rúbrica, que hoy no solo están cuestionados por el Tribunal de Cuentas, sino que además forman parte de denuncias por incumplimiento de sus funciones, por haber abonado órdenes de compra , por obras inconclusas, que hoy además constituyen el fundamento de una demanda por daños y perjuicios contra la municipalidad por más de 73 millones de pesos, pero de eso no se acuerda.
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