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Domingo 31 de Agosto del 2025

RIO TURBIO

Artículo 7°: Abren inscripción para mayores de 25 años sin título secundario

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Del 2 al 6 de octubre la universidad inscribirá a postulantes que quieran iniciar una carrera, quienes deberán acreditar aptitudes y conocimientos mediante una evaluación y una entrevista personal en el mes de noviembre.

Tal como lo establece el Calendario Académico, la Universidad Nacional de la Patagonia Austral realizará del 2 al 6 de octubre la segunda convocatoria 2023 a inscripción de ingresantes por Artículo 7° de la Ley de Educación Superior, que habilita a personas mayores de 25 años sin estudios secundarios completos a iniciar una carrera universitaria, acreditando sus conocimientos mediante una evaluación.
Los/as interesados/as deberán realizar su postulación a través del sistema de preinscripción on line (http://preinscripcion.sistemas.unpa.edu.ar/preinscripcion/)
La evaluación de los postulantes se llevará a cabo del 13 al 24 de noviembre.
Son requisitos para esta inscripción: Fotocopia de DNI, Certificado de estudios primarios completos o secundarios incompletos, Antecedentes laborales y de formación (capacitación, etc.) y nota explicando los motivos que los llevan a estudiar la carrera elegida.
El Artículo 7° de la Ley de Educación Superior (N° 24.521) establece que “para ingresar como alumno a las instituciones de nivel superior, se debe haber aprobado el nivel medio”,  pero que excepcionalmente, los mayores de 25 años que no reúnan esta condición, podrán ingresar siempre que demuestren que “tienen preparación y/o experiencia laboral acorde con los estudios que se proponen iniciar, así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente”.
En la UNPA esos conocimientos se acreditan mediante instancias de evaluación general y específica y una entrevista personal con cada uno de los postulantes. Los aspirantes que aprueban estas instancias están en condiciones de efectuar la inscripción a la carrera elegida.
Una vez realizada la preinscripción los/as postulantes deberán ponerse en contacto con la Unidad Académica correspondiente a través de las siguientes vías de comunicación

Caleta Olivia: [email protected] /https://www.uaco.unpa.edu.ar/

San Julián: [email protected]https://www.portal.uasj.unpa.edu.ar/academica

Río Turbio: [email protected] / http://www.uart.unpa.edu.ar/

Río Gallegos [email protected] / https://www.uarg.unpa.edu.ar/

La UNPA cuenta con cerca de 40 carreras – tecnicaturas, profesorados, licenciaturas e ingenierías- a través de sus Escuelas de Administración y Economía; Enfermería; Sistemas e Informática; Educación; Turismo; Trabajo Social; Ciencias Básicas y Exactas; Recursos Naturales; Ingeniería y Prevención de Riesgos; Historia; Comunicación; Letras; Psicopedagogía y Geografía, Ordenamiento Territorial y Geoinformación.
Toda la información sobre propuesta académica se encuentra disponible en https://propuestaacademica.unpa.edu.ar/vista/index.php


PROVINCIALES

Fallo histórico: condenan a devolver al Estado fondos por una obra que nunca se hizo

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El Tribunal Oral Federal N°7 ratificó la sentencia contra el empresario Juan Lascurain y exfuncionarios de Santa Cruz, quienes deberán reintegrar 5 millones de dólares por el anticipo de una ruta que jamás se construyó. Además, recibieron penas de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.

El Tribunal Oral Federal 7 confirmó un fallo inédito en el que obliga al empresario kirchnerista Juan Lascurain, junto a los exfuncionarios Atanacio Pérez Osuna, Matías Mazú, Miguel Larregina y Juan Vargas, a devolver al Estado los fondos que recibieron para la construcción de la llamada “Avenida YPF” en Río Turbio, una obra vial que nunca se realizó.

La Justicia ordenó que los imputados reintegren alrededor de 5 millones de dólares como compensación por los recursos sustraídos, además de aplicar penas de prisión y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.

Según se probó durante el juicio, un día antes del cambio de gobierno del 9 de diciembre de 2015 se autorizó un anticipo financiero de 50 millones de pesos a la empresa FAINSER S.A., presidida por Lascurain, pese a que la firma no estaba registrada como proveedora en Santa Cruz, no contaba con experiencia en obra pública ni solvencia para afrontar un contrato de 494 millones de pesos.

La diputada nacional Roxana Reyes celebró el fallo al considerarlo “ejemplar”, ya que no solo castiga con cárcel a los responsables, sino que también obliga a la devolución del dinero robado:

“De ahora en más esperemos que la Justicia aplique este tipo de decisiones a todos los funcionarios que malversan recursos del Estado”, expresó.

La legisladora también advirtió que el proyecto inconcluso no solo representó un fraude económico, sino que además su incumplimiento afectó la seguridad vial en la zona, con numerosos accidentes, algunos fatales.

Reyes cuestionó especialmente que uno de los condenados, el exintendente Matías Mazú, haya sido electo recientemente como diputado provincial:

“Resulta perverso que alguien con una condena de segunda instancia por corrupción pueda asumir una banca y ampararse en los fueros para evitar la cárcel”, señaló, al tiempo que reclamó una ley que prohíba a los sentenciados por corrupción presentarse a cargos públicos.

La resolución del TOF 7 marca un antecedente judicial sin precedentes en causas de corrupción, al disponer la reparación económica de los fondos desviados, además de la sanción penal.


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