Conectarse con nosotros
Jueves 24 de Abril del 2025

INFO. GENERAL

Ganancias: el gobierno mandará un proyecto de ley para modificar las escalas

Publicado

el



El Poder Ejecutivo instruyó a la AFIP para que las empresas devuelvan los importes retenidos este año a los empleados, a la espera de que salga la nueva norma y se regularice la situación

El Gobierno tendrá que enviar un proyecto de ley para modificar la manera en que se ajustan las escalas del Impuesto a las Ganancias, tanto para las personas que tienen salarios altos como para los autónomos, ya que la AFIP carece de atributos para hacerlo.

El decreto 415/2023 publicado en el Boletín Oficial señala expresamente que el Poder Ejecutivo Nacional «someterá a consideración del Honorable Congreso de la Nación un proyecto de ley con el objeto de modificar la ley del impuesto»

El considerando del decreto indica que tal cambio tiene por objetivo que la suba de las categorías que va a hacer la AFIP mediante una resolución, tenga aplicación no solo para las rentas de este año de los asalariados sino también de «todas las rentas obtenidas por personas humanas y sucesiones indivisas».

Además, indica que esos importes serán los que se consideren para la actualización anual a partir del período fiscal 2024.

La AFIP devolverá importes

Mientras se elabora un proyecto de Ley, el Gobierno instruyó a la AFIP para que establezca mediante una resolución una devolución de los importes ya retenidos por las empresas este año. Así pasará que los trabajadores quedarán en deuda con el organismo hasta que la nueva norma regularice la situación.

Al respecto, el tributarista Sebastián Domínguez señaló que la modificación de la ley «es bienvenida ya que resulta necesario para adecuar el impuesto a las ganancias a la situación inflacionaria argentina».

No obstante, Domínguez indicó que «es necesario realizar cambios integrales en la Ley, como así también modificar la actualización de todas las deducciones y tramos de las escalas del impuesto en forma trimestral por la variación del IPC».

Qué establece la ley

La Ley establece que la actualización del Mínimo no Imponible del Impuesto como así también las diferente categorías se deben hacer en función de la variación del indice Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) correspondiente a octubre del año anterior, que elabora el Ministerio de Trabajo.

Este índice va por detrás del incremento de la inflación y por ello el efecto es que cada vez más personas quedan alcanzadas y las que están ya alcanzadas, pasan más rápido a las categorías superiores.

El tributarista explicó que «en la medida que las escalas no se modifiquen por ley, la realidad es que los empleados quedarán adeudando un impuesto a las ganancias que no retuvieron los empleadores».

Por eso, Domínguez indicó que «más allá de esto, es altamente probable el Gobierno actual o el próximo, generarán el consenso para aprobar la reforma y solucionar el problema».

En rigor, los empleados que están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias son aquellos que tienen ingresos mensuales desde $173.974 en mano, pero por efecto de las deducciones especiales, solo pagan a partir de $506.230.Es evidente que la nueva ley corregirá esta distorsión.

Con las nuevas escalas, el verdadero nuevo mínimo no imponible será de $234.676, mensuales, con una alícuota del 5% mientras que la segunda categoría llegaría hasta $469.673 pesos por mes en mano, con una alícuota de 9%.


INFO. GENERAL

Cuando cobro en la Caja de Previsión: fecha de pago y cómo son los aumentos de abril

Publicado

el


Los jubilados, pensionados y retirados de la provincia de Santa Cruz cobrarán sus haberes correspondientes al mes de abril este jueves 24.

Así lo informó la Caja de Previsión Social (CPS) en cumplimiento de la Ley 3840 de pago de haberes a las personas jubiladas, retiradas y pensionadas. La norma, reglamentada en octubre de 2023 a través del Boletín Oficial de Santa Cruz, establece que la acreditación de ese haber “deberá ser abonado de forma integral y total, el día 24 de cada mes”.

Por otra parte, la Ley indica que, “para el caso eventual, de que la fecha del pago del beneficio fuera un día inhábil, se hará efectivo el día más próximo hábil anterior a la fecha establecida”.

Tal como ocurre cada mes, los recibos de haberes estarán disponibles para su descarga en la página oficial del organismo previsional (cps.gov.ar).

Aumentos de abril para jubilados, pensionados y retirados

Según se detalla, las escalas salariales correspondientes a abril han sido aplicadas en los siguientes regímenes:

Administración Pública Provincial: 3,3%

Asignación Trans – Ley N° 3724: 3,3%

V.G.M – Ley N° 2747: 3,3%

Aeronáuticos: 3,3%

ASIP: 3,3%

Banco Santa Cruz: 2,7%

Docente: 4,3%

Instituto de Energía: 3,3%

Luz y Fuerza SPSE: escala de Enero (incremento de adicional remunerativo)

Autoridades Superiores SPSE: escala de Enero (incremento de adicional remunerativo)

FENTOS: escala de Enero (incremento de adicional remunerativo)

Caja de Previsión Social: 3,3%

Policía: 3,3%

Poder Judicial: 3%

Salud: 3,3%

FOMICRUZ: 3,3%

Cámara de Diputados: 3,2%

Autoridades Superiores Cámara de Diputados: 3,2%

IDUV: equivalente a un 10%

Vialidad Provincial: 3,3%

Municipalidad de Caleta Olivia: 10%

Docentes de Caleta Olivia: escala Salarial de abril 2025

Municipalidad de Calafate: escala de abril de 2025

Municipalidad de Piedra Buena: 20 %

Municipalidad de Puerto San Julián: 20%

Municipalidad de Pico Truncado: 5%

Municipalidad de Perito Moreno: 5%

Incremento por liquidación complementaria en abril

Vialidad Provincial: escala de febrero (2,5%) y marzo (3,2%)

SATSAID: escala de febrero (2,5%), marzo (3,2%) y abril (3,3%)

Cámara de Diputados: escala de abril (5,3%)

Autoridades Superiores (Decreto 49/17): escala de abril (solo títulos)


Seguir leyendo

Más leídas - últimas 48Hs.

Patagonia Nexo - Río Turbio, 9407, Santa Cruz, Argentina
Email: [email protected] - Whatsapp 2966529165
Registro NIC-29/4/2009-2023 Patagonia Nexo - Registro de propiedad en trámite - Todos lo derechos reservados.