INFO. GENERAL
Tener empleo ya no garantiza escapar de la pobreza en la Argentina

El poder adquisitivo de los trabajadores formales se vio altamente deteriorado ya que cayó en más de 20 puntos el salario real.
En las últimas dos décadas la Argentina consolidó el fenómeno del «trabajador pobre», donde tener un empleo no garantiza escapar de esa categoría, según un informe de la Universidad Católica.
La mitad de la población urbana laboralmente activa afrontó algún tipo de problemática vinculada a la calidad de su inserción laboral en las primeras décadas de este siglo.
El poder adquisitivo de los trabajadores formales se vio altamente deteriorado, ya que cayó en más de 20 puntos el salario real.
Y para los «trabajadores pobres» la situación fue mucho peor: en términos mensuales, ganan alrededor de 30% menos que el promedio de la fuerza laboral ocupada.
Estos son algunos de los indicios preliminares de un extenso informe que elaboró el Observatorio de la Deuda Social Argentina de la UCA para el período que va del 2003 al 2022.
El documento, titulado «A 20 años de la salida de la crisis de la convertibilidad: dos décadas de segmentación laboral, deterioro de las ocupaciones y la pobreza en la Argentina urbana», advierte que el empleo en el segmento secundario o no regulado se convirtió en la principal problemática, afectando a casi un cuarto de la fuerza laboral activa de la Argentina.
Luego de la recuperación inicial (2003-2007) el desempleo se mantuvo próximo o debajo de los dos dígitos. En 2020 (14,6%) esta situación empeoró, pero volvió a descender con la salida de la pandemia de COVID-19.
«La distribución sectorial del empleo resultó estable a lo largo de todo el período. Casi 4 de cada 10 ocupados se vinculaban al sector informal urbano, en modalidades asalariadas o por trabajo independiente», revela el informe.
Además, la incidencia del segmento precario de empleo se mantuvo fuertemente asociada a las actividades del sector informal, donde 7 de cada 10 ocupados estaba en una situación laboral precaria o en un trabajo con ingresos de indigencia.
Lo que se ve después de la crisis del 2018 y se profundiza luego por la pandemia es la consolidación del fenómeno del trabajador pobre, consigna el estudio.
Esto es: ocupados que viven en lugares con ingresos por debajo de la línea de la pobreza. Así, se pasan niveles que superan el 20% hasta llegar al 29% de pobreza de trabajadores.
El desempleo, si bien fue bajando en los últimos años (del 16% en 2003 al 7,5% en 2022), pasa a estar reemplazado por un aumento del segmento de trabajador marginal que pasó al 16,7% en el último año y el sector informal, que está en el orden del 74% en la Argentina.
Todo esto se explica por la dinámica salarial por el impacto de la inflación que hizo caer en más de 20 puntos los salarios de trabajadores formales e informales.
También se ve otro fenómeno que es la ineficiencia de los sistemas de transferencia de asistencia social para evitar la pobreza entre trabajadores.
Los trabajadores del sector informal con malas condiciones laborales tienen muchas más chances de ser pobres.
El aumento de trabajo de empleos marginales y la precariedad laboral en el empleo no regulado marca una situación estructural en la Argentina donde no hay una estabilidad laboral y con salarios a la baja, debido a sus pocas capacidades productivas y bajo nivel educativo.
Este tipo de trabajadores son en su mayoría beneficiarios de programas sociales y esta combinación marca a la baja en términos de pobreza en un contexto inflacionario.
En función a futuro, si se percibe una mejora en reactivación económica se dará un crecimiento del empleo formal y una mejora salarial en el contexto de paritarias.
El mayor problema se dará en aquellos sectores de trabajos marginales que no podrán acceder a trabajos regulares o formales.
Desde valores reales muy bajos en 2003, los ingresos del trabajo describieron un recorrido ascendente hasta el 2011. Desde entonces, se estancaron y comenzaron a caer de forma abrupta con la crisis iniciada en 2018, sin recuperación clara hasta el momento.
Al igual de lo que sucede con la precariedad, los ingresos laborales mantuvieron brechas sectoriales importantes y especialmente desventajosas para los ocupados del sector informal.
En términos mensuales, estos trabajadores ganan alrededor de 30% menos que el promedio de la fuerza laboral ocupada.
En el 2020, epicentro de los efectos sociales del COVID-19, se notaron las peores remuneraciones para el sector informal en toda la serie, lo cual es consistente con los efectos heterogéneos qué tuvo esta crisis sobre el mercado de trabajo.
En correlación con el comportamiento de los principales indicadores laborales, la pobreza monetaria describe tres momentos o etapas bien definidas: un período de descenso post crisis de la convertibilidad (2003-2011), un período de estancamiento inestable (2011-2017), y un período de ascenso rápido y persistente (2017-2022).
La fuerte vulnerabilidad inicial, donde 6 de cada 10 habitantes urbanos eran pobres, se redujo durante el primer período en más de la mitad, llegando a un piso estructural de 25% de población en situación de pobreza (población de hogares con trabajadores insertos en segmentos precarios y no regulados del empleo).
Desde entonces, el estancamiento primero y las crisis recesivas después, con epicentro en la falta de dinamismo de la inversión, el mercado laboral y la creciente espiral inflacionaria, han ido agravando la problemática de la pobreza por ingresos, generando esto el aumento de los trabajadores pobres ocupados en segmentos laborales formales.
La indigencia, sin embargo, se mantuvo estable tras la recuperación postcrisis y solo alcanzó los dos dígitos en el contexto de la emergencia por el COVID-19 (10,6%).
Esta situación resulta congruente con la extensión y multiplicación de los programas sociales y políticas de transferencia a sectores más vulnerables (trabajadores de segmentos marginal y precario del empleo).
INFO. GENERAL
Las 3 alternativas de la Corte Suprema para definir sobre Cristina Kirchner

Una a una, las principales opciones que tiene el máximo tribunal para definir el futuro de la expresidenta. El polémico artículo 280 y el pedido de uno de sus abogados.
La Corte Suprema de Justicia tiene tres alternativas para definir el futuro de Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad, donde se encuentra condenada a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. Mientras se acrecientan los rumores acerca de una inminente resolución y crece la presión mediática y política, uno de los abogados de la expresidenta y un exjuez de la Corte explicaron cómo es el mecanismo del máximo tribunal.
Se trata del expediente conocido popularmente como “Vialidad”, donde Cristina y otros exfuncionarios y empresarios fueron condenados en primera instancia, en un fallo ratificado por la Cámara de Casación Penal en 2024.
Para que quede firme, la Corte debería ratificar la condena o bien rechazar sin dar detalles el recurso extraordinario presentado por la defensa de Fernández de Kirchner. Otra alternativa es que haga lugar al planteo de la expresidenta para que revise el expediente, plagado de irregularidades e inconsistencias jurídicas, según ha denunciado durante años la exmandataria.
En caso de ratificar la sentencia, la líder del Partido Justicialista deberá cumplir la pena a seis años de cárcel y no podría postularse como candidata a legisladora bonaerense por la tercera sección electoral, como ha anunciado la semana pasada.
En declaraciones a la 750, uno de sus abogados, Marcos Aldazabal, afirmó que “con la Justicia federal siempre hay que analizar el contexto político de las decisiones” y señaló que en el caso Vialidad “ya de lo jurídico no queda prácticamente nada”. “Es puramente político; lo que está pasando no tiene nada que ver ni siquiera con los hechos de la causa Vialidad”.
El abogado —que no representa a CFK en la causa Vialidad, sino en la investigación por el atentado en su contra, ocurrido el 1º de septiembre de 2022— explicó que la Corte no tiene un plazo límite para resolver. “Lo que suele pasar es que los fallos suelen demorarse mucho tiempo, tanto los que tienen implicancias políticas como el resto, es muy inusual que un recurso de queja se resuelva tan rápido como se resolvería este”, remarcó en una entrevista con la AM 750.
Cristina Kirchner: las 3 alternativas de la Corte Suprema
Aplicar el artículo 280
Se trata de un artículo del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación que habilita a la Corte Suprema a rechazar un recurso extraordinario sin dictar fundamentos. Sólo al invocar ese artículo, si considera que el planteo carece de trascendencia, podría dejar firme la condena contra Cristina Kirchner.
“Le permite a la Corte definir que los casos que no tienen sustancia suficiente para ser revisado por ella, que es una Corte que solo actúa en casos excepcionales, no se mete. Esta es una herramienta que se usa mucho, porque hay una tendencia de recurrir muchas causas y es una carga de trabajo muy grande. (Aunque) en un caso de esta gravedad, por las irregularidades jurídicas y el impacto jurídico, que se aplique el 280 sería de una gravedad enorme”, afirmó el abogado.
Y agregó: “En un caso en el que se dirime la situación judicial de una persona que es una de las más representativas del país, que la Corte ni siquiera se expida y se ampare para no decir nada, sería muy grave”.
Abrir el recurso extraordinario
La Corte Suprema también podría hacer lugar al recurso extraordinario impulsado por Cristina u otras querellas, e incluso la Fiscalía. Así, el máximo tribunal podría devolver la causa a la Cámara de Casación, debido a que la Procuración exigió que la pena sea de 12 años de prisión y no de seis, según explicó el exjuez de la Corte Carlos Maqueda en declaraciones radiales este lunes.
Aceptar recursos impulsados por CFK
La tercera alternativa es que la Corte decida aceptar los recursos impulsados por Cristina Fernández de Kirchner, lo que le demandaría un estudio mucho más profundo, que además le demandaría mucho más tiempo, explicó Maqueda. Aldazabal, por su parte, afirmó: “La Corte puede expedirse y rechazar ambos recursos, o hacer lugar al recurso de la Fiscalía o hacer lugar a los recursos de las defensas. Lo rápido que sería es muy llamativo, inexplicable, como también me parecería muy grave que la Corte se ampare en el artículo 280”.
Finalmente, el abogado de la expresidenta recordó que la decisión de la Corte se enmarca en un contexto de persecución judicial y política sobre Cristina Fernández de Kirchner que comenzó hace más de una década. “Es una ofensiva de muchos años, no es un hecho aislado, sino que es una persecución impulsada por actores judiciales, políticos y mediáticos que viene de hace un montón de años, que siempre buscó concluir en esto”.
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