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Lunes 01 de Septiembre del 2025

SOCIEDAD

Bono de $50.000 de ANSES: quiénes pueden recibirlo y cómo cobrarlo

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dará una asignación destinada a un grupo específico que se cobrará por única vez. El monto es de 51.119 pesos, pero para recibirlo hay que cumplir con ciertos requisitos.

Hay una nueva asignación especial que brinda al Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para ciertas personas. Se trata de un bono de 51.119 pesos que se cobra por única vez.

El mismo está destinado a las familias que hayan adoptado un hijo. Sin embargo, la agencia que lidera Fernanda Raverta puso algunas condiciones que deben cumplir quienes deseen o necesiten recibirlo.

El monto de esta asignación por adopción fue configurado en relación al último aumento en las jubilaciones y pensiones, de acuerdo a la Resolución N° 135/2022 y a la ley de movilidad jubilatoria. De todos modos, el valor del bono es fijo para todos los que lo perciban.

En cuanto a la condición que deben cumplir quienes soliciten cobrarlo, la ANSES pide que el ingreso del grupo familiar no sea superior a los 316.731 pesos.

Cómo recibir la Asignación por Adopción
Los padres que adopten tienen que presentar la declaración jurada de salario familiar junto a una fotocopia certificada del testimonio de sentencia judicial, y la siguiente documentación del menor: partida de nacimiento, documento nacional de identidad (DNI), constancia de CUIL/CUIT. A su vez, es necesario acreditar la documentación que constate el estado civil del adoptante (acta de casamiento o certificado de convivencia), más la constancia de antecedentes laborales.

Además de este bono por adopción, la ANSES entrega otras dos asignaciones para familias. Se trata del de matrimonio y el de nacimiento. En ambos casos, los solicitantes tampoco pueden tener un ingreso del grupo familiar mayor a los 316.731 pesos.

En el caso de la asignación por matrimonio, es de $12.800 y la pareja debe estar entre los dos meses y dos años de haber acreditado el matrimonio en ANSES.

Mientras tanto, la asignación por nacimiento es de $8.547 y la puede recibir uno de los dos padres.


Avisos

PROVINCIALES

Fallo histórico: condenan a devolver al Estado fondos por una obra que nunca se hizo

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El Tribunal Oral Federal N°7 ratificó la sentencia contra el empresario Juan Lascurain y exfuncionarios de Santa Cruz, quienes deberán reintegrar 5 millones de dólares por el anticipo de una ruta que jamás se construyó. Además, recibieron penas de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.

El Tribunal Oral Federal 7 confirmó un fallo inédito en el que obliga al empresario kirchnerista Juan Lascurain, junto a los exfuncionarios Atanacio Pérez Osuna, Matías Mazú, Miguel Larregina y Juan Vargas, a devolver al Estado los fondos que recibieron para la construcción de la llamada “Avenida YPF” en Río Turbio, una obra vial que nunca se realizó.

La Justicia ordenó que los imputados reintegren alrededor de 5 millones de dólares como compensación por los recursos sustraídos, además de aplicar penas de prisión y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.

Según se probó durante el juicio, un día antes del cambio de gobierno del 9 de diciembre de 2015 se autorizó un anticipo financiero de 50 millones de pesos a la empresa FAINSER S.A., presidida por Lascurain, pese a que la firma no estaba registrada como proveedora en Santa Cruz, no contaba con experiencia en obra pública ni solvencia para afrontar un contrato de 494 millones de pesos.

La diputada nacional Roxana Reyes celebró el fallo al considerarlo “ejemplar”, ya que no solo castiga con cárcel a los responsables, sino que también obliga a la devolución del dinero robado:

“De ahora en más esperemos que la Justicia aplique este tipo de decisiones a todos los funcionarios que malversan recursos del Estado”, expresó.

La legisladora también advirtió que el proyecto inconcluso no solo representó un fraude económico, sino que además su incumplimiento afectó la seguridad vial en la zona, con numerosos accidentes, algunos fatales.

Reyes cuestionó especialmente que uno de los condenados, el exintendente Matías Mazú, haya sido electo recientemente como diputado provincial:

“Resulta perverso que alguien con una condena de segunda instancia por corrupción pueda asumir una banca y ampararse en los fueros para evitar la cárcel”, señaló, al tiempo que reclamó una ley que prohíba a los sentenciados por corrupción presentarse a cargos públicos.

La resolución del TOF 7 marca un antecedente judicial sin precedentes en causas de corrupción, al disponer la reparación económica de los fondos desviados, además de la sanción penal.


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