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Lunes 01 de Septiembre del 2025

SOCIEDAD

AFIP firmó la reglamentación de la modificación de Ganancias: cómo se liquida el aguinaldo

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A través de un comunicado, AFIP anunció que firmó la regulación de la actualización del mínimo salarial para pagar el Impuesto a las Ganancias y que excluye el aguinado.

Tras el anuncio del nuevo piso de Ganancias, la AFIP firmó recientemente la reglamentación para luego publicarse en el Boletín Ofical la disposición. De esta forma, se oficializó a partir de junio la liquidación que tendrán que hacer los empleadores con la actualización del mínimo salarial para retener el pago del impuesto en los haberes.

En este sentido, la medida entró en vigencia a partir del 1º de junio, mientras que se publicará de forma oficial la semana entrante. A su vez, la AFIP emitió un comunicado donde explicó cómo será el reintegro de las retenciones entre enero y mayo, en caso de corresponder, y detalló la excepción del aguinaldo en el pago de Ganancias.

Así es que aquellas personas que perciban un salario menor a $280,792, no verán afectado el cobro del Sueldo Anual Complementario (SAC), según regula la ley. Por lo que, además de la primera cuota del aguinaldo que se cobra en el último día hábil de junio, se pagarán también las retenciones previas a la actualización de Ganancias.

“Los empleadores, en su rol de agentes de retención, deberán generar una liquidación adicional respecto de las remuneraciones, incluidas el aguinaldo, devengadas desde el 1° de junio de 2022 que se hubieran liquidado con anterioridad a la publicación de la resolución de la AFIP” sostuvo la entidad en un anuncio.

En esta misma línea, se deberá calcular si hay diferencia entre el dinero retenido y la modificación en el piso de Ganancias. En tal caso, los empleadores lo reintegrarán con el primer sueldo a pagar luego de entrar en vigencia la nueva disposición. Así lo declaró el AFIP, lo que indicaría que el monto diferencial se paga a fin de mes o principios del mes de julio.

Por otro lado, los individuos que perciban salarios entre $280.792 y $324.182 podrán afrontar una menor carga del impuesto a partir de la actualización de Ganancias con una tabla especial de deducciones.


Avisos

PROVINCIALES

Fallo histórico: condenan a devolver al Estado fondos por una obra que nunca se hizo

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El Tribunal Oral Federal N°7 ratificó la sentencia contra el empresario Juan Lascurain y exfuncionarios de Santa Cruz, quienes deberán reintegrar 5 millones de dólares por el anticipo de una ruta que jamás se construyó. Además, recibieron penas de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.

El Tribunal Oral Federal 7 confirmó un fallo inédito en el que obliga al empresario kirchnerista Juan Lascurain, junto a los exfuncionarios Atanacio Pérez Osuna, Matías Mazú, Miguel Larregina y Juan Vargas, a devolver al Estado los fondos que recibieron para la construcción de la llamada “Avenida YPF” en Río Turbio, una obra vial que nunca se realizó.

La Justicia ordenó que los imputados reintegren alrededor de 5 millones de dólares como compensación por los recursos sustraídos, además de aplicar penas de prisión y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.

Según se probó durante el juicio, un día antes del cambio de gobierno del 9 de diciembre de 2015 se autorizó un anticipo financiero de 50 millones de pesos a la empresa FAINSER S.A., presidida por Lascurain, pese a que la firma no estaba registrada como proveedora en Santa Cruz, no contaba con experiencia en obra pública ni solvencia para afrontar un contrato de 494 millones de pesos.

La diputada nacional Roxana Reyes celebró el fallo al considerarlo “ejemplar”, ya que no solo castiga con cárcel a los responsables, sino que también obliga a la devolución del dinero robado:

“De ahora en más esperemos que la Justicia aplique este tipo de decisiones a todos los funcionarios que malversan recursos del Estado”, expresó.

La legisladora también advirtió que el proyecto inconcluso no solo representó un fraude económico, sino que además su incumplimiento afectó la seguridad vial en la zona, con numerosos accidentes, algunos fatales.

Reyes cuestionó especialmente que uno de los condenados, el exintendente Matías Mazú, haya sido electo recientemente como diputado provincial:

“Resulta perverso que alguien con una condena de segunda instancia por corrupción pueda asumir una banca y ampararse en los fueros para evitar la cárcel”, señaló, al tiempo que reclamó una ley que prohíba a los sentenciados por corrupción presentarse a cargos públicos.

La resolución del TOF 7 marca un antecedente judicial sin precedentes en causas de corrupción, al disponer la reparación económica de los fondos desviados, además de la sanción penal.


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