SOCIEDAD
La canasta básica de alimentos aumentó 20,7% en el primer trimestre del año

Un informe privado estimó que en marzo los precios de alimentos aumentaron en promedio 3,95%.
En marzo una familia de cuatro personas (dos adultos/as y dos hijos/as pequeños/as) necesitó $38.449,72 para adquirir los alimentos del mes, lo que significó un incremento del 20,7% ($6.600) en comparación a diciembre, cuando se requerían $31.849.95 para cubrir las mismas necesidades, según informó el Instituto de Investigación Social, Económica y Política Ciudadana (ISEPCi).
El relevamiento estimó que en el tercer mes del año los precios aumentaron en promedio 3,95%. El diagnóstico parte de un análisis de 57 productos de la Canasta Básica de Alimentos (CBA), que desde el Índice Barrial de Precios (IBP) realizan en 750 comercios de cercanía en 20 distritos del conurbano bonaerense.
Durante el primer trimestre las principales alzas se dieron en los productos de verdulería (+33,97%), seguidos por los de almacén (+23,42%) y los de carnicería (+12,15%).
En cuanto a los gastos esenciales que componen la Canasta Básica Total (CBT), la misma familia de cuatro personas que en febrero necesitaba $84,700.02, un mes después requirió para adquirir los mismos productos $87,280.91. Este incremento representa un 3,04% más que en el mes anterior, mientras que en el primer trimestre el valor de la CBT aumentó un 16,20%.
El economista Isaac Rudnik, autor del informe, se refirió al impacto de las subas en los salarios señalando que «durante el primer trimestre de este año la inflación fue más de 20% y casi no hubo subas salariales. El “efecto arrastre” de la inflación en los alimentos arrasa con cualquier recuperación salarial que se pudiera haber producido en un año de crecimiento de 10% en el PBI, y sigue hundiendo el poder adquisitivo de los asalariados del sector informal».
PROVINCIALES
Fallo histórico: condenan a devolver al Estado fondos por una obra que nunca se hizo

El Tribunal Oral Federal N°7 ratificó la sentencia contra el empresario Juan Lascurain y exfuncionarios de Santa Cruz, quienes deberán reintegrar 5 millones de dólares por el anticipo de una ruta que jamás se construyó. Además, recibieron penas de prisión e inhabilitación para ocupar cargos públicos.
El Tribunal Oral Federal 7 confirmó un fallo inédito en el que obliga al empresario kirchnerista Juan Lascurain, junto a los exfuncionarios Atanacio Pérez Osuna, Matías Mazú, Miguel Larregina y Juan Vargas, a devolver al Estado los fondos que recibieron para la construcción de la llamada “Avenida YPF” en Río Turbio, una obra vial que nunca se realizó.
La Justicia ordenó que los imputados reintegren alrededor de 5 millones de dólares como compensación por los recursos sustraídos, además de aplicar penas de prisión y la inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos.
Según se probó durante el juicio, un día antes del cambio de gobierno del 9 de diciembre de 2015 se autorizó un anticipo financiero de 50 millones de pesos a la empresa FAINSER S.A., presidida por Lascurain, pese a que la firma no estaba registrada como proveedora en Santa Cruz, no contaba con experiencia en obra pública ni solvencia para afrontar un contrato de 494 millones de pesos.
La diputada nacional Roxana Reyes celebró el fallo al considerarlo “ejemplar”, ya que no solo castiga con cárcel a los responsables, sino que también obliga a la devolución del dinero robado:
“De ahora en más esperemos que la Justicia aplique este tipo de decisiones a todos los funcionarios que malversan recursos del Estado”, expresó.
La legisladora también advirtió que el proyecto inconcluso no solo representó un fraude económico, sino que además su incumplimiento afectó la seguridad vial en la zona, con numerosos accidentes, algunos fatales.
Reyes cuestionó especialmente que uno de los condenados, el exintendente Matías Mazú, haya sido electo recientemente como diputado provincial:
“Resulta perverso que alguien con una condena de segunda instancia por corrupción pueda asumir una banca y ampararse en los fueros para evitar la cárcel”, señaló, al tiempo que reclamó una ley que prohíba a los sentenciados por corrupción presentarse a cargos públicos.
La resolución del TOF 7 marca un antecedente judicial sin precedentes en causas de corrupción, al disponer la reparación económica de los fondos desviados, además de la sanción penal.
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